La salud de tus colaboradores es un factor importante para la productividad de tu empresa. Por ello, Divina Seguros en conjunto con Indupa, presentan un convenio exclusivo para el sector panadero: PYME SALUD TOTAL, a partir de 5 colaboradores.
Seguro de salud complementario dental.
Se puede adicionar seguro catastrófico y de vida.
Beneficios especiales para asegurados FONASA.
- Beneficios especiales Fonasa
- Beneficios muy valorados por colaboradores
- Desde 5 colaboradores
- Se puede incluir cargas voluntarias
- Se puede incluir Catastrófico y Vida
- Tarifas definidas
- Pago 100% empleador
- Contratación ágil, poca burocracia
- Plan espejo a tu plan de salud. Isapre / Fonasa
- Deducible 0,5 UF anual por asegurado
- Tope Anual 300 UF por asegurado
Seguro Dental
- Único seguro dental en Chile (oct 2022)
- Intervenciones dentales preventivas totalmente pagadas por la aseguradora (con excepciones).
- Sin reembolsos. En el resto de prestaciones usted solo paga su parte. La otra parte es directa del doctor con la aseguradora.
- Identifíquese siempre como Divina Seguros y pida su presupuesto, el cual debe coincidir con los aranceles entregados en su certificado de cobertura.
- No tiene deducible.
- Se puede ocupar desde el primer día de vigencia.
- Las radiografías dentales deben ser en red de convenio, chequear en www.divinaseguros.cl
- Permite incorporación de padres como asegurados.
- Sin límites de edad.
- Cobertura de 100 UF ($3.500.000 aproximadamente).
Más de 70 prestaciones a costo cero $0
Sin declaración de salud
Sin carencias
Sin preexistencias
Clínicas Boutique a elección
Sin deducible
No tiene límite de edad de ingreso,
ni de permanencia
Sin necesidad de reembolsar
Seguro Catastrófico
La compañía aseguradora reembolsará los gastos médicos razonables, acostumbrados y efectivamente incurridos por el asegurado, en los términos y condiciones establecidos en esta póliza.
Cobertura
500 UF por asegurado
Deducible 50 UF
Seguro de Vida
Coberturas asignadas
Fallecimiento
En caso de muerte del asegurado, la compañía pagará el capital asegurado contratado, previa deducción de cualquier obligación a favor de la compañía, a los beneficiarios designados por el asegurado, o a falta de estos, a sus herederos legales en partes iguales.
En caso de que el asegurado cumpla la edad máxima de permanencia estipulada en las Condiciones de Asegurabilidad, Artículo 4°, se pondrá término a este seguro liberando a la compañía aseguradora de toda responsabilidad.